El IRPH y sus implicaciones en las hipotecas
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha emitido una sentencia histórica que tiene a todos los afectados y expertos celebrando. Esta resolución es un llamado claro al Tribunal Supremo (TS) para que aplique la decisión sin titubeos en beneficio de los consumidores.
Antiguamente, el IRPH era un índice que solía ser más alto que el Euríbor. Esto resultaba en intereses más elevados para aquellos hipotecados cuyos préstamos estaban referenciados al IRPH en comparación con aquellos vinculados al Euríbor.
La devolución de los intereses pagados en exceso
Gracias a la magistrada Margarita Isabel Poveda Bernal, la sentencia permitirá que los consumidores afectados reclamen la devolución de los intereses pagados en exceso a los bancos.
Adrían Rebollo, director de ASJ Jurídico y uno de los expertos en este caso, destaca la importancia de la actuación de la magistrada, la cual ha permitido revisar la jurisprudencia previa del Tribunal Supremo y dejar atrás las interpretaciones restrictivas de la sentencia europea.
Cooperación y transparencia en los juzgados
Francisco Javier Orduña, catedrático y exmagistrado, aboga por la cooperación leal entre instituciones europeas y españolas para aplicar los principios de la Directiva 93/13 en todos los juzgados de España, no solo en el Tribunal Supremo. Destaca que la sentencia del TJUE es beneficiosa para los consumidores y deja claro que la información contenida en la circular 94 del Banco de España era necesaria para asegurar la transparencia en los contratos IRPH.
Otro experto en el caso, Jesús María Ruiz de Arriaga, socio-director de Arriaga Asociados, aplaude la decisión del TJUE al dejar claro que la falta de información al consumidor sobre el diferencial negativo del IRPH es una falta de transparencia y un motivo de abuso. Añade que ahora los jueces deben verificar si se informó adecuadamente al consumidor sobre el diferencial negativo.
Respaldo a los afectados y la importancia de la circular 1994
Patricia Suárez, presidenta de ASUFIN, celebra el respaldo más claro del TJUE a los afectados, especialmente en relación a la circular 1994, destacando que el banco debe informar al cliente y no limitarse a obligarlo a buscar, comprender y deducir la repercusión económica del contrato de la hipoteca.
Todos los expertos y consumidores afectados por las hipotecas IRPH confían en que el Tribunal Supremo respete la sentencia del TJUE y garantice la justicia y los derechos de los consumidores, sin dar nuevamente la razón a los bancos.